La justicia laboral dio lugar al amparo presentado por la Confederación General del Trabajo (CGT) y declaró inconstitucional a los artículos 2 y 3 del Decreto de Necesidad y Urgencia 340/2025 que restringía el derecho a huelga en numerosas actividades.
La norma incorporaba la marina mercante como “servicio esencial” y modificaba el artículo que regula los conflictos colectivos.
La decisión fue tomada por la jueza Moira Fullana, considerando inconstitucional al DNU dado que se dictó mientras el Congreso estaba en pleno funcionamiento. Así mismo, el fallo entiende que el Poder Ejecutivo no justificó suficientemente la “necesidad y urgencia” enunciada.